Para tramitar adecuadamente esta solicitud es necesario la firma de los mayores de edad, adjuntar la solicitud normalizada y toda la documentación que corresponda a las personas que figuran en la misma. Declara que las personas relacionadas en esta hoja residen en el domicilio indicado y que sus datos son correctos.
La presentación de esta solicitud no implica la Autorización Automática.
Para que los volantes y certificados colectivos incluyan los datos de las personas empadronadas, es necesario que todas las personas adultas hayan autorizado al resto de personas empadronadas en la inscripción la obtención de sus datos padronales.
Dicha autorización ha de realizarse una vez y seguirá vigente mientras la situación de la inscripción no varíe.
Solicitante o persona interesada: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el momento que la persona interesada crea conveniente.
A) Presencialmente, con Cita Previa en las oficinas del Departamento de Estadística-Padrón Municipal del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.
B) Con Certificado Digital o Sistema Cl@ve por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.
La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.
En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.
Departamento de Estadística.
Plaza de la Constitución, 1 - Planta Baja de la Casa Consistorial.Teléfonos: 91.624.03.05.Fax: 91.201.35.28Correo electrónico: estadistica@ayuntamientoparla.es
El plazo de tramitación es de 3 Días.
- Ley 4/1996, que modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local en relación con el Padrón Municipal.
- Real Decreto 2612/1996 de 20 de diciembre, por el que se modifica el Reglamento de población y demarcación territorial de las entidades locales aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de junio.
- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Resolución de 17 de febrero de 2020 por la que se dictan instrucciones a los Ayuntamientos sobre la gestión del padrón municipal (BOE 122 de 02/05/2020).
- LOPD (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
- Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se modifica la de 17 de febrero de 2020, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón Municipal.
- Solicitud de Autorización para Actualizar en la Inscripción Padronal cumplimentada y firmada por todas las personas adultas empadronadas en el domicilio. Si constan menores, ambos progenitores deberán firmar en la casilla del/de la menor. El impreso se puede descargar al final de la información.
· Original del documento vigente que acredite la identidad de las personas inscritas (DNI, NIE, Pasaporte).
Menores de edad:
- Si ambos progenitores constan empadronados en la dirección o son menores hijos de madres soltera, deberán aportar libro de familia (o la partida de nacimiento).- Si uno de los dos progenitores no se encuentra de alta en dirección con el menor y constan otras personas adultas, se deberá aportar autorización del progenitor que no está empadronado o guardia y custodia, junto con una declaración responsable.
Subsanación:
Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.
Autorización Inscripción Padrón Habitantes