Formulario para la presentación, por parte de un/a Consumidor/a, de una reclamación contra cualquier persona física o jurídica que ejerza una actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.
Se trata de una descarga de un Formulario para la presentación, por parte de un/a Consumidor/a, de una reclamación contra cualquier persona física o jurídica que ejerza una actividad comercial, empresarial, oficio o profesión.
Consumidor/a: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Podrá formular reclamación en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) cualquier persona física o jurídica que actúe en un ámbito ajeno a una actividad empresarial o profesional, esto es, que interviene en las relaciones de consumo con fines privados, contratando bienes y servicios como destinatario final sin incorporarlo, ni directa ni indirectamente en proceso de producción, comercialización o prestación a terceros.
Es imprescindible que el/la consumidor/a que formule la reclamación sea la persona que tenga una relación contractual o de consumo con la empresa reclamada, es decir, que figure en el contrato, en la Hoja de Reclamación cumplimentada o en cualquier otro documento que se aporte: facturas, presupuestos, contratos, condiciones general y particulares de los contratos, etc.
Una vez formulada la reclamación previa en el establecimiento, bien sea a través de la cumplimentación de una Hoja de Reclamación o mediante carta, de la que tendrá que quedarse copia el interesado, especialmente si se trata de Empresas Suministradoras y de Telecomunicaciones.
Solicitud que se puede realizar de forma Presencial con Cita Previa y Telemáticamente con Certificado Digital o identificándose a través del Sistema Cl@ve por el Registro Electrónico de la Sede.
Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.
Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:- Las personas jurídicas.- Las entidades sin personalidad jurídica.- Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.- Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
A) Presencialmente, con Cita Previa en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas.
B) Presencialmente en la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) del Ayuntamiento de Parla, en la Calle Ramón y Cajal, 5 Posterior. Tel: 91 202 47 45 y Horario de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.
C) Con Certificado Digital o con identificación a través del Sistema Cl@ve por Registro Electrónico en esta Sede en el apartado Tramitación Online al final de la información, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado-Red Sara, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.
La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.
En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.
Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC)Calle Ramón y Cajal, 5 Posterior.Tel: 91 202 47 45Horario de Atención al Consumidor: Martes y Jueves 9:00 a 14:00 horas.Consulta Presencial y Telefónica ( Cita Previa).Correo Electrónico: asesoriaomic@ayuntamientoparla.es
El plazo de tramitación es de 15 Días.
Documentación a aportar
- Se aportará el Original de este Formulario de Reclamación.
- Se aportará toda la documentación de la que disponga: facturas, tiques de caja, presupuestos, contratos, condiciones generales y particulares de los contratos, escritos recibidos y enviados, resguardos de correos, certificados y acuses de recibo, faxes, etc.
Requisitos
Es necesario cumplimentar todos los apartados del formulario, que consta de dos páginas (anverso y reverso). La falta u omisión de los datos solicitados puede dar lugar a la no tramitación de la reclamación.
1.- Datos del/de la consumidor/a: consignará todos los datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo postal y por e-mail, respectivamente.
2.- Datos de la empresa reclamada: consignará todos los datos de la persona física o jurídica contra la que formule la reclamación.
3.- Documentos que se acompañan: relación de la documentación cuyas copias adjunta al formulario (facturas, tiques de caja, presupuestos, contratos, condiciones generales y particulares de los contratos, escritos recibidos y enviados, resguardos de correos, certificados y acuses de recibo, faxes, etc.).
4.- Motivo de la Reclamación: realizar una exposición clara y concisa de lo ocurrido.
5.- Pretensiones del/de la solicitante: determinar lo que solicita en la reclamación (reparación del bien, devolución económica cuantificando el importe reclamado, etc.).
Consumo-Formulario de Reclamación en la OMIC