Convocatoria de Participación en el Concurso "Diseño Mural para el Paseo de la Fama".
La Concejalía de Cultura aprueba las Bases de la Convocatoria de Participación en el Concurso "Diseño Mural para el Paseo de la Fama" para premiar el mejor proyecto de diseño y ejecución de un dibujo mural, a partir de la imagen e historia de vida de las 2 personas escogidas en la consulta popular realizada en 2025 para seleccionar a las personas de nuestra ciudad que han sobresalido en el ámbito de la cultura, la ciencia, el deporte o en cualquier otro.
Tendrán la consideración de beneficiarios los artistas, colectivos artísticos o entidades con personalidad jurídica y legalmente constituidas, que vayan a realizar la actividad que objeto de la convocatoria y que residan o se encuentren de alta en el territorio nacional.
Artista, Colectivo Artístico o Entidad: consignará todos los datos de la Asociación o Entidad, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Representante: se entenderá que la Asociación o Entidad desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Plazo Máximo de presentación de la solicitud normalizada en esta Convocatoria: El 25/05/2025 a las 23:59 h.
Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:- Las personas jurídicas.
- Las entidades sin personalidad jurídica.- Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.- Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
Con Certificado Digital o con identificación a través del Sistema Cl@ve por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.
La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.
En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.
Concejalía de Cultura, Teatro Jaime Salom.Calle San Antón, 46Horario: De Lunes a Viernes, de 08:00 a 15:00 horasTel: 91 201 35 97Correo Electrónico: cultura@ayuntamientoparla.es
- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ordenanza General de Subvenciones Municipales.
- Reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones.
Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.
Anexo I: Declaración Responsable-Cesión Derechos Obra
Anexo II: Memoria Descriptiva del Proyecto Artístico
Anexo III: Currículum Vitae del/de la Artista, Colectivo Artístico o Entidad
Cultura-Bases Convocatoria de Participación en el Concurso Diseño Mural para el Paseo de la Fama 2025
Publicación BOCM 25-04-2025 Bases Convocatoria de Participación en el Concurso Diseño Mural para el Paseo de la Fama 2025
Convocatoria de Participación en el Concurso Diseño Mural para el Paseo de la Fama 2025