Descripción | Esta es una Solicitud para PEDIR CITA PREVIA EN LA OMGT para tramitar el Fraccionamiento Automático con intereses el recibo en voluntaria del IBI del ejercicio 2023 cuando la situación económico-financiera del interesado le impida de forma transitoria y coyuntural efectuar el pago en voluntaria en el plazo establecido: del 1 de junio al 31 de julio de 2023. Esta solicitud devengará Intereses Legales de Demora. Este trámite no hay que confundirlo con el Sistema de Pagos Fraccionados de Vencimiento Especial de Recibos de Vencimiento Periódico, que no genera intereses. |
¿Quién lo puede solicitar? | Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
¿Cuándo iniciar el trámite? | La presente Instrucción será de aplicación a la tramitación y resolución de las solicitudes de fraccionamiento automático de pago del Impuesto de Bienes Inmuebles del ejercicio 2023 presentadas durante el periodo voluntario de cobranza, comprendido del 01 de junio al 31 de julio de 2023, de acuerdo con lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal, General de Gestión, Recaudación e Inspección del Ayuntamiento de Parla. |
Documentación a aportar | Solicitud de CITA PREVIA para Tramitar el Fraccionamiento Automático del IBI 2023, cumplimentada y firmada. |
Medios de contacto | Concejalía de Hacienda. Oficina Municipal de Gestión Tributaria. Calle Severo Ochoa, 7-9 (Antiguos Juzgados). Teléfonos para la Cita Previa: 91.624.03.00, extensión 4117 ó 628.023.465 |
¿Dónde solicitarlo? | PROCEDIMIENTO DEL FRACCIONAMIENTO AUTOMÁTICO DEL IBI 2023 1. La tramitación del fraccionamiento automático del IBI 2023 se realizará presencialmente previa cita solicitada al departamento de Gestión Tributaria. 2. Para solicitar la cita se contactará telefónicamente con el Ayuntamiento en los teléfonos de atención 91.624.03.00, extensión 4117 ó 628.023.465 o bien a través del Registro Electrónico. 3. El contribuyente deberá rellenar la solicitud de fraccionamiento automático del IBI 2023 en modelo normalizado, que se entregará en la Oficina Municipal de Gestión Tributaria. 4. La solicitud se presentará en el departamento de Gestión Tributaria del Ayuntamiento de Parla para ser validada por el personal municipal, previa cita. 5. Validada la solicitud se presentará en el Registro General de Entrada, entregando al contribuyente copia del plan provisional de pagos, que posteriormente será aprobado por el Concejal Delegado de Hacienda. 6. En los supuestos en los que no se pueda validar la solicitud por incumplimiento de |
Plazo de tramitación | El plazo de tramitación es de 5 Días |
Precio y forma de pago | Los pagos deberán realizarse mediante domiciliación en una entidad bancaria, con cargo a la cuenta designada al efecto por el interesado en su solicitud. |
Normativa | - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales. - Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. - Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación - Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto |
¿Quién tramita la solicitud? | Oficina Municipal de Gestión Tributaria |
Forma de iniciacion | A petición del interesado |
Requisitos | REQUISITOS DEL FRACCIONAMIENTO AUTOMÁTICO IBI 2023: 1. Se podrá solicitar el fraccionamiento automático durante el periodo voluntario del IBI. 2. Únicamente se podrá solicitar el fraccionamiento automático para los recibos del IBI 2023 del que el sujeto pasivo es titular. 3. El fraccionamiento automático dividirá la deuda del IBI 2023 en 3 cuotas o en 5 cuotas, a elección del contribuyente, salvo que la deuda sea inferior a 100 € que se dividirá en 2 cuotas. 4. El importe de la cuota no podrá ser inferior a 50 €. 5. La periodicidad de los pagos será mensual y se harán efectivas los días 20 de los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2023. 6. Las cuotas se abonarán mediante domiciliación bancaria en la cuenta del 7. El importe de la deuda del IBI 2023 no podrá superar los 18.000 €. 8. La acreditación de la situación económico-financiera que de forma transitoria impide al contribuyente efectuar el pago en un único plazo, se realizará mediante una declaración jurada de la misma. La Administración dará por válidas las solicitudes siempre que estas se presenten: Intereses: 1. Las cantidades cuyo pago se aplace o fraccione devengarán el interés de demora a que refiere el artículo 26.6 de la Ley General Tributaria. 2. Los intereses se calcularán sobre la deuda, computándose el tiempo desde el vencimiento del período voluntario (31 de julio) hasta el vencimiento del plazo de ingreso concedido para cada fracción. Los intereses devengados por cada fracción se pagarán junto con dicha fracción en el plazo de ingreso de ésta. Efectos de Falta de Pago: 1. Si llegado el vencimiento de las cuotas no se efectuara el pago de alguna de ellas, para la cuota impagada se iniciará el período ejecutivo al día siguiente del plazo incumplido. 2. La deuda tributaria incluirá la deuda fraccionada, los intereses de demora devengados y el recargo del período ejecutivo sobre la suma de ambos conceptos. |
Subsanación | Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente. |
Organismo resolutor | Concejalía de Hacienda |
Observaciones | Política de Privacidad a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla. La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable. |
Más información | Solicitud de CITA PREVIA que se puede realizar Telefónicamente en los números 91.624.03.00, extensión 4117 ó 628.023.465 ó Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede. |
Ayuntamiento de Parla
Plaza
de la Constitución
1.
28981
Parla
(Madrid)
Teléfono: Servicio 010: Llamar al 91.624.03.00.