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Participación Ciudadana-Convocatoria Cesión de Espacios y Locales para Entidades Sociales sin Ánimo de Lucro inscritas en Registro Entidades Ayto. Parla 2022/2023

Descripción

El Ayuntamiento de Parla desde la Concejalía de Participación Ciudadana pone en marcha la Convocatoria Cesión de Espacios y Locales para Entidades Sociales sin Ánimo de Lucro inscritas en el Registro Entidades del Ayuntamiento de Parla 2022/2023 con el objetivo de seguir avanzando en el fortalecimiento del movimiento asociativo, aportando las condiciones más favorables para el desarrollo de su función en aquellas tareas y actividades que contribuyan al desarrollo en la tarea cotidiana de hacer ciudad, aprobada en la Junta de Gobierno Local de fecha 13 de enero de 2023.

Una ciudad más plural y democrática, fomentando acciones en torno a la tolerancia, la cooperación la interculturalidad, la igualdad y la solidaridad.

También es papel de este Ayuntamiento, velar por el buen uso de los recursos públicos, un uso que siempre debe ir destinado a la mejora de lo colectivo, y en todo caso como elemento indispensable en la mejora de las condiciones de vida y el entorno de nuestra ciudad.

Con el fin de potenciar esta participación, una de las prioridades del Ayuntamiento de Parla ha sido y es el facilitar a las entidades sociales del municipio una sede social o un espacio donde puedan desarrollar las labores sociales, culturales, deportivas o de interés general que estos colectivos de forma altruista prestan a la sociedad. Este espacio debe servir, al mismo tiempo, como punto de encuentro para sus miembros y como referencia para la ciudadanía en general.

La convocatoria se regirá por lo establecido en las disposiciones generales de la Ordenanza Municipal Reguladora de la Cesión de Uso de Espacios y Locales de Titularidad Municipal del Ayuntamiento de Parla, aprobada en Pleno de fecha 19 de julio de 2021.

El procedimiento de concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva.

¿Quién lo puede solicitar?

Asociación o Entidad: consignará todos los datos de la Asociación o Entidad, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Presentador o Representante: se entenderá que la Asociación o Entidad desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

¿Cuándo iniciar el trámite?

Plazo de la solicitud: Del 16/01/2023 hasta el 28/02/2023.

Documentación a aportar

Las entidades deberán presentar por el Registro Electrónico la documentación que figura en la solicitud normalizada.

Medios de contacto

Concejalía de Participación Ciudadana.
Plaza de la Constitución, 1 - Planta 2ª
Teléfono: 91.202.47.94 - 91.201.35.95 - 91.201.35.71
Horario: De Lunes a Viernes, de 08:00 a 15:00 horas.
Correo Electrónico: participacion@ayuntamientoparla.es

¿Dónde solicitarlo?

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:

Las Personas Físicas podrán elegir en todo momento si se comunican para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos.

Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
- Las personas jurídicas.

- Las entidades sin personalidad jurídica.
- Quienes ejerzan una actividad profesional con colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen en ejercicio de dicha actividad profesional, incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
- Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente.
- Para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas que por razón de su capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.

Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales.

La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla.

En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos.

Las solicitudes normalizadas junto con el resto de documentación exigida en la Convocatoria se dirigirán a la Concejalía de Participación Ciudadana, y se presentarán en el plazo de 20 días a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOCM, el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica o el Portal Web Municipal con Certificado Digital, en Registro Electrónico de la Sede Electrónica.

Las solicitudes presentadas fuera de plazo no serán tenidas en cuenta.

Las informaciones relativas a la convocatoria se realizarán desde los teléfonos 91.202.47.94, 91.201.35.95, 91.201.35.71, en el Portal Web y en la Sede Electrónica.

Se presentará una solicitud por cada Entidad Solicitante.

Plazo de tramitación El plazo de tramitación es de 6 Meses
Normativa

- Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Ordenanza Municipal Reguladora de la Autorización y Cesión de Uso de Espacios y Locales de Titularidad Municipal

¿Quién tramita la solicitud? Participación Ciudadana
Forma de iniciacion A petición del interesado
Requisitos

ESPACIOS A CEDER. Serán objeto de cesión los siguientes tipos de locales:- Bienes patrimoniales de titularidad municipal susceptibles de cesión de uso en todo o en parte.
- Bienes demaniales de titularidad municipal susceptibles de autorización para su uso en todo o en parte.
- Bienes de titularidad no municipal, pero sobre los que el Ayuntamiento ostente algún derecho que, de conformidad con la legislación vigente, le permita transferir su utilización a las referidas entidades.

BENEFICIARIOS: Entidades y Asociaciones sin Ánimo de Lucro dadas de alta en el Registro Municipal de Asociaciones de Parla en el momento de presentar su solicitud y cumplan estos requisitos.

RESOLUCIÓN: La Resolución de Concesión se dictará en JGL y notificará en el plazo de 6 meses, contados a partir del último día de presentación de solicitudes.

Subsanación

Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente.

Organismo resolutor Concejalía de Participación Ciudadana
Efectos presuntos Desestimatorio
Fin de la vía administrativa La resolución pone fin a la vía administrativa
Recursos

Los establecidos en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Observaciones

Política de Privacidad

a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla.
b) Los datos personales serán recogidos y tratados por el Ayuntamiento de Parla con la finalidad correspondiente a cada una de las actividades de tratamiento que realiza y que están accesibles en el Registro de Actividades.
c) El tratamiento de sus datos se realiza para el cumplimiento de obligaciones legales por parte del Ayuntamiento de Parla, para el cumplimiento de misiones realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a este Ayuntamiento, así como cuando la finalidad del tratamiento requiera su consentimiento, que habrá de ser prestado mediante una clara acción afirmativa.
Puede consultar la base legal para cada una de las actividades de tratamiento que lleva a cabo el Ayuntamiento de Parla en el Registro de Actividades en la Sede Electrónica. Enlace: https://politicadeprivacidad.ayuntamientoparla.es/

La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable.

Más información

Solicitud que solo se puede realizar Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede.

Descarga de documentos
2 de Marzo de 2023

Registro Electrónico Registro Electrónico


Ayuntamiento de Parla
Plaza de la Constitución 1. 28981 Parla (Madrid)
Teléfono: Servicio 010: Llamar al 91.624.03.00.