Inicio -> Servicios Generales -> Catálogo de Trámites -> Régimen Interno RR.HH. Ayto. Parla
Descripción | Es una solicitud que realiza el Personal Municipal del Ayuntamiento de Parla con el fin de obtener una Ayuda Económica del Fondo de Acción Social (FAS), creado para dispensar una protección adecuada para los/as empleados/as municipales del Ayuntamiento de Parla ante determinadas carencias y situaciones a los pueden estar expuestos/as a lo largo de vida profesional y que no están cubiertas por el sistema general de la Seguridad Social. En el Reglamento del Fondo de Acción Social se establecen las siguientes medidas de acción social destinadas al personal incluido en el ámbito de aplicación del Acuerdo/Convenio: El órgano al cual debe dirigirse la solicitud es a la Concejalía de Recursos Humanos. |
¿Quién lo puede solicitar? | Solicitante o Interesado/a: Trabajador/a del Ayuntamiento de Parla que esté incluido/a en el ámbito de aplicación del Acuerdo de Materias y Condiciones de Trabajo Comunes del Personal Municipal, siempre y cuando tenga una antigüedad mínima de dieciocho meses ininterrumpidos en el Ayuntamiento. Presentador/a o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. |
¿Cuándo iniciar el trámite? | FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: - Cada solicitud versará únicamente sobre un tipo de ayuda, no admitiéndose las que incluyan facturas que correspondan a más de uno y las presentarán las personas titulares. - Cuando en una misma solicitud se incluyan facturas correspondientes a más de un tipo de ayuda, la CVFAS pedirá subsanación al titular, con la intención de que este elija el tipo de ayuda que prefiere que quede cubierta por el FAS. En caso de no presentar dicha subsanación en el plazo de diez días, la solicitud será desestimada. - Las facturas deberán estar debidamente cumplimentadas, figurando los aspectos y adjuntando la documentación justificativa de las mismas que se desarrollan en el artículo 7 del Reglamento. - No se admitirán solicitudes presentadas fuera de los períodos indicados o con gastos realizados en otras de las fechas establecidas. - Cada titular únicamente podrá presentar un máximo de 5 solicitudes en cada ejercicio sin que puedan presentarse más de 3 en el mismo período. . PLAZOS DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Se presentarán en dos períodos: 1º.- Desde el 1 de enero hasta el 31 de mayo. 2º.- Desde el 1 de junio hasta el 31 de octubre. Las facturas con fecha posterior al 31 de octubre se presentarán y tramitarán dentro del primer período del siguiente ejercicio y no se admitirán solicitudes presentadas fuera de los períodos establecidos o con gastos realizados en otras de las fechas establecidas. |
Documentación a aportar | - Solicitud Normalizada de Petición de Ayuda del Fondo de Acción Social por el Personal del Ayuntamiento de Parla por duplicado, cumplimentada y firmada. - Documento de Autorización, en el caso de realizarlo el Representante. - Documentación según sea el caso, de acuerdo al artículo 7 del Reglamento de Ayudas del Fondo de Acción Social. |
Medios de contacto | Concejalía de Recursos Humanos. |
¿Dónde solicitarlo? | A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas. B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla. En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos. |
Normativa | - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Artículo 47 del Acuerdo de Materias y Condiciones de Trabajo Comunes del Personal Funcionario y Laboral del Ayuntamiento de Parla. - Reglamento del Fondo de Acción Social del Ayuntamiento de Parla. |
¿Quién tramita la solicitud? | Recursos Humanos |
Forma de iniciacion | A petición del interesado |
Requisitos | Se cumplimentará debidamente la solicitud de Petición de Ayuda del Fondo de Acción Social por el Personal del Ayuntamiento de Parla. Será requisito imprescindible para poder solicitar una ayuda, que la persona solicitante tenga al menos una antigüedad mínima de dieciocho meses ininterrumpidos tomando como referencia la fecha de inicio de presentación de solicitudes de cada uno de los dos periodos existentes. De acuerdo con lo anterior serán titulares aquellas personas que hayan prestado servicio ininterrumpidamente como mínimo: No se tramitarán las solicitudes de quienes en el momento de presentarla no reúnan estos requisitos. La cobertura del Fondo de Acción Social corresponderá a las ayudas económicas previstas y expresadas en el Capítulo IV, artículos del 9 al 18. |
Subsanación | Por la carencia de algunos de los requisitos de la solicitud, se le requerirá al interesado para que en el plazo de 10 días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que si así no lo hiciera, se le archivará el expediente. Las solicitudes se tramitarán tomando en consideración el momento de su subsanación. |
Organismo resolutor | Concejalía de Recursos Humanos |
Observaciones | Política de Privacidad a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla. La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable. |
Más información | Solicitud que se puede realizar de forma Presencial con Cita Previa y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede. |
Ayuntamiento de Parla
Plaza
de la Constitución
1.
28981
Parla
(Madrid)
Teléfono: Servicio 010: Llamar al 91.624.03.00.