Inicio -> Servicios Generales -> Catálogo de Trámites -> Modelos: Instancias Generales e Informes
Descripción | El Artículo 41.1 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece el carácter preferente de las notificaciones por medios electrónicos. En todo caso, se realizarán de este modo cuando el interesado resulte obligado a recibirlas por esta vía. En el caso de los usuarios obligados (Personas Jurídicas) por el Art. 14.2 de la Ley39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, éste será el medio de notificación empleado, debido a la OBLIGACIÓN de relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas. De acuerdo al art. 43.1 de la misma norma, la notificación electrónica debe ser practicada mediante comparecencia la Sede electrónica, tanto para el acceso a las notificaciones electrónicas derivadas de a aquellos procedimientos a los que voluntariamente haya decidido suscribirse como para aquellos en los que la notificación electrónica sea obligatoria. Este servicio cumple con las máximas garantías de confidencialidad, autenticidad y privacidad con el fin de asegurar la identidad de los participantes y la seguridad de las comunicaciones. |
¿Quién lo puede solicitar? | Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos: |
¿Cuándo iniciar el trámite? | Para utilizar este servicio es necesario: 1.- Disponer de un DNI Electrónico u otro Certificado Digital reconocido incluido en la lista de Certificados Admitidos. 2.- Se recomienda realizar una comprobación de los Requisitos Técnicos Necesarios y revisar los Requisitos y Recomendaciones Técnicas. ¿Cómo doy mi consentimiento para la suscripción o baja de notificación electrónica? Accediendo con Certificado Digital al servicio Consentimiento para la Suscripción o Baja de Notificaciones Electrónicas o Telemáticas. ¿Cómo funciona? Cada vez que se ponga a disposición una notificación electrónica, el Ayuntamiento enviará un correo electrónico informativo a la dirección de correo electrónico que usted indicó. Tenga en cuenta que este correo electrónico sólo tiene efectos informativos. Acceda asiduamente a su Buzón de Notificaciones electrónicas para verificar si ha se ha puesto a disposición una nueva notificación. No deje transcurrir un tiempo superior a los 10 días naturales plazo que la normativa reguladora establece para que usted acceda a la notificación. En caso contrario, transcurrido el plazo, el Ayuntamiento entenderá que usted ha rechazado la notificación dando por notificado el acto a todos los efectos salvo que de oficio o a instancia se compruebe la imposibilidad técnica o material del acceso. En el buzón podrá aceptar y rechazar las nuevas notificaciones. En dicho momento la persona (física o jurídica) se dará por notificada y podrá consultar las ya aceptadas o rechazadas. La aceptación o rechazo de la notificación supondrá la emisión del correspondiente acuse de recibo que deberá firmar electrónicamente. |
Medios de contacto | Servicio de Atención al Ciudadano. |
Normativa | - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
¿Quién tramita la solicitud? | Ayuntamiento de Parla |
Organismo resolutor | Ayuntamiento de Parla |
Observaciones | Política de Privacidad a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla. La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable. |
Más información | Solicitud que se puede realizar sólo Telemáticamente con Certificado Digital. |
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1.
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Teléfono: Servicio 010: Llamar al 91.624.03.00.