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Descripción | Este es el modelo de Solicitud de una Licencia de Obra Con Proyecto Visado o Control Profesional que NO requiere Proyecto Técnico Visado de Edificación o el presupuesto supera los 20.097,00 euros. Si esta licencia de obra está relacionada con una o varias licencias de apertura, se deberá presentar la documentación de forma conjunta y se tramitarán de forma simultánea. También se deberá cumplimentar la declaración que figura en ambas solicitudes (obra y actividad). En ningún caso podrán comenzarse las obras hasta que el Ayuntamiento haya aprobado el Proyecto de Ejecución. Cuando se haya obtenido licencia con arreglo a proyecto básico, el inicio de las obras quedará supeditado a la aprobación del proyecto de ejecución. Deberán solicitarse las restantes licencias y/o autorizaciones que requiera la actuación (ocupación de suelo público, calas y acometidas, cortes de tráfico, etc.). |
¿Quién lo puede solicitar? | Solicitante o interesado: consignará todos sus datos personales, indicando claramente los teléfonos de contacto, el domicilio y el correo electrónico para notificaciones por correo y por e-mail, respectivamente, salvo que indique expresamente que le sea notificado a su representante, en el caso de cumplimentar estos datos. Podrán realizar solicitudes las personas físicas o jurídicas que tengan capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Presentador o Representante: se entenderá que el solicitante o interesado desea actuar por medio de representante cuando en la solicitud vengan cumplimentados los datos de este último, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos, podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas. Para formular solicitudes, presentar declaraciones responsables o comunicaciones, interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona, deberá acreditarse la representación. Para los actos y gestiones de mero trámite se presumirá aquella representación. Podrá acreditarse mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia, según lo indicado en la Ley 39/2015, de 2 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. |
¿Cuándo iniciar el trámite? | En el momento que el interesado crea conveniente mediante la solicitud normalizada y acompañada de la correspondiente documentación. Plazo de tramitación: 2 MESES, sin perjuicio de los supuestos en que legalmente cabe la posibilidad de suspensión del plazo máximo para resolver. |
Documentación a aportar | La Solicitud de la Licencia de Obra Con Proyecto Visado que NO requiere Proyecto Técnico Visado de Edificación por duplicado, cumplimentada y firmada. Documentación a entregar: la que se indica en la solicitud, según sea el caso. |
Medios de contacto | Concejalía de Urbanismo. |
¿Dónde solicitarlo? | Derecho y obligación de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, según el artículo 14 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: A) Presencialmente en las oficinas del Servicio de Atención al Ciudadano-SAC del Ayuntamiento de Parla, en las Oficinas de Registro de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. También en las Oficinas de Servicios Postales mediante sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el empleado antes de ser certificadas. B) Con Certificado Digital por Registro Electrónico en esta Sede, en los Registros Electrónicos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Administraciones Locales. La entrada de documentación recibida en días u horas inhábiles se entenderá efectuada en la primera hora hábil del primer día hábil siguiente, considerando como Días Inhábiles, a efectos de este Registro Electrónico, los establecidos como días festivos en el Calendario Oficial de Fiestas Nacionales, Fiestas de la Comunidad de Madrid y Fiestas Locales de Parla. En cada Justificante de Registro Electrónico figurarán la Fecha y Hora de presentación y Fecha y Hora de inicio el cómputo a efectos administrativos. |
Plazo de tramitación | El plazo de tramitación es de 2 Meses |
Precio y forma de pago | Liquidación Tasa-Impuesto: se enviará por correo certificado, revisada la Declaración de la Base Imponible o Presupuesto del Material y Mano de Obra (sin IVA) que se presentó. Abono Liquidación: Depósito de Fianza por la Gestión de Residuos para Obras con Proyecto Visado: No se entrega en el momento de solicitar la obra. Posteriormente y en base al Estudio de Gestión de los Residuos y el Informe del Técnico Municipal, se comunicará por cualquier sistema recogido en la Ley del PAC el importe de la Fianza. Realizado el Depósito en la Entidad Bancaria, se adjuntará copia como anexo a la documentación que se presente en la solicitud de la obra. Terminada la obra, se solicitará la Devolución de la Fianza, adjuntando el ingreso original bancario y el Certificado de Correcta Gestión de Residuos. Si los informes técnicos son favorables, se procederá a la devolución al interesado. Construcción de Viviendas: Denegación de Licencia: reducción de un 50% cuota de la Tasa y un 100% cuota del Impuesto. No existe reducción por Expedición Documentos. Desistimiento formulado por el solicitante antes de que se adopte la oportuna resolución o se realice la actividad municipal requerida: se reducirá un 75% la cuota de Tasa y un 100% cuota del Impuesto. No existe reducción por Expedición Documentos. |
Normativa | - Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. - Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid. - Ley 2/2002 de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid. - Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid. - Plan General de Ordenación Urbana de Parla. - Ordenanza Municipal de Fomento de Conservación y Rehabilitación de Edificios. - Ordenanzas Fiscales de los Tributos y Precios Públicos Municipales. - Ordenanza Municipal de Protección Ambiental. - Ordenanza Municipal de Circulación y Anexo. - Ordenanza Municipal de Medidas Correctoras y Usos en Obras. - Ordenanza Municipal de Cambio de Usos de Local a Vivienda. |
¿Quién tramita la solicitud? | Urbanismo |
Forma de iniciacion | A petición del interesado |
Requisitos | Condiciones generales de la Obra: Actuaciones que por su entidad técnica, impacto urbanístico y repercusión medioambiental. Obras de Restauración, conservación o mantenimiento, consolidación y reparación y Acondicionamiento que NO precisan Proyecto de Obras de Edificación según Ley Ordenación de la Edificación pero SI precisan de Proyecto Técnico. - AFECTA puntualmente a la estructura del edificio, a la configuración de los elementos comunes y las condiciones de seguridad del edificio. Obras Interiores: - Obras de acondicionamiento, reforma y reparación, en general que pueden afectar puntualmente a la estructura, redistribución y configuración de las plantas y elementos comunes, condiciones de seguridad, sin que tengan la consideración de actuaciones integrales en el edificio. Obras Exteriores: - Demoliciones. Obras en Solares, Jardines Privados o Parcelas: - Piscinas. |
Subsanación | Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición. |
Organismo resolutor | Concejalía de Urbanismo, Actividades y Diversidad Funcional |
Efectos presuntos | Estimatorio |
Recursos | La resolución autorizando o denegando la licencia o autorización solicitada pone fin a la vía administrativa. Si el sujeto es una PYME, realiza su asentamiento en los polígonos industriales del municipio y reúna alguno de los dos requisitos siguientes: - En el caso de empresas de nueva creación, generar al menos un empleo neto a jornada completa por un período mínimo de 2 años. Tarifa a aplicar en lugar del tipo de gravamen del 1,00 % de la Tasa: Hasta 46.277,94 euros (A), de 46.277,94 euros a 92.555,86 euros (B), más de 92.555,86 euros (C) El plazo máximo para la admisión de las solicitudes de aplicación de estos tipos de gravamen será de 10 días desde la fecha de recepción de la solicitud de la licencia correspondiente. Este beneficio tributario se entenderá con cedido bajo la condición resolutoria del mantenimiento de los puestos de trabajo que dieron lugar a la bonificación a los dos años contados desde su concesión, debiendo presentar el sujeto pasivo en dicho momento justificación documental de tal extremo. En caso contrario, se procederá a efectuar liquidación complementaria por el importe de la cantidad bonificada. |
Observaciones | Efectos del silencio administrativo: ESTIMATORIO O POSITIVO. En ningún caso podrán entenderse adquiridas por silencio administrativo facultades o derechos que contravengan la ordenación territorial, urbanística o ambiental, o relativas al dominio o servicio público. Sin perjuicio de lo anterior, serán expresos, con silencio administrativo negativo, los actos a que se refiere el art. 11.4 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y Rehabilitación Urbana. Política de Privacidad a) Los datos de carácter personal que se pudieran recabar directamente del interesado serán tratados de forma confidencial y quedarán incorporados a la correspondiente actividad de tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Parla. La persona interesada podrá ejercer sus derechos ante el Ayuntamiento de Parla en la Plaza de la Constitución, 1, 28981, Parla (Madrid), como órgano responsable. |
Más información | Solicitud que se puede realizar de forma Presencial con Cita Previa y Telemáticamente con Certificado Digital por el Registro Electrónico de la Sede. |
Ayuntamiento de Parla
Plaza
de la Constitución
1.
28981
Parla
(Madrid)
Teléfono: Servicio 010: Llamar al 91.624.03.00.