Esta Ordenanza rige el Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica y sobre Bienes Inmuebles de Características Especiales, así como su naturaleza, hecho imponible, supuestos de no sujeción, exenciones, sujeto pasivo, base imponible, base liquidable, cuota, devengo, periodo impositivo y gestión.
Fecha de publicación: 20 de Junio de 2023
Entrada en vigor: 21 de Junio de 2023
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