Esta Ordenanza regula las condiciones urbanísticas y medioambientales a las que deben someterse la ubicación, instalación y funcionamiento de las infraestructuras radioeléctricas utilizadas para el soporte de redes y servicios de radiodifusión sonora y televisión, así como las redes y servicios ofrecidos por los titulares de licencias individuales de tipo B2 y C2, existentes o que se vayan a instalar en este municipio, a fin de que su implantación se realice con todas las garantías urbanísticas, medioambientales y de seguridad y salubridad para los ciudadanos y se produzca la menor ocupación y el mínimo impacto visual y medioambiental en el entorno.
Fecha de creación: 13 de Junio de 2006
Fecha de publicación: 13 de Junio de 2006
Entrada en vigor: 13 de Junio de 2006
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Plaza
de la Constitución
1.
28981
Parla
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