Ordenanza de Circulación

Esta Ordenanza tiene por objeto regular la circulación de vehículos y peatones compatibilizando la necesaria fluidez del tráfico con el uso peatonal de las calles, la realización de otros usos y actividades que afecten a la circulación viaria, reservar y fomentar la seguridad vial y la prevención de accidentes, compatibilizar la equitativa distribución de los aparcamientos entre todos los usuarios y prestar especial atención a las necesidades de las personas con movilidad reducida que utilizan vehículo, con el fin de favorecer su integración social en los términos previstos en la presente Ordenanza.

Los preceptos de esta Ordenanza serán aplicables en todo el término municipal de Parla y obligarán a los titulares y usuarios de las vías y terrenos urbanos aptos para la circulación, a los de la vías y terrenos que, sin tener tal
aptitud sean de uso común y, en defecto de otras normas, a los titulares de las vías y terrenos privados que sean utilizados por una colectividad indeterminada de usuarios.

En aquellas materias no reguladas expresamente en esta Ordenanza, se aplicarán directa y subsidiariamente los preceptos de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y los Reglamentos u otras
Normas que la desarrollan o puedan desarrollarla en un futuro.

Fecha de creación:  21 de Enero de 2012

Fecha de publicación:  21 de Enero de 2012

Entrada en vigor:  21 de Enero de 2012

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3 de Mayo de 2013

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