Este Reglamento tiene por objeto regular el proceso de concesión de honores y distinciones municipales a aquellas personas naturales o jurídicas merecedoras de dicho reconocimiento, a tenor de lo dispuesto en la ley.
Las distinciones a las que se refiere el presente Reglamento son exclusivamente honoríficas, sin que puedan otorgar ningún derecho administrativo o de carácter económico.
Fecha de creación: 17 de Enero de 2001
Fecha de publicación: 17 de Enero de 2001
Entrada en vigor: 17 de Enero de 2001
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Plaza
de la Constitución
1.
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Parla
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