Esta Ordenanza establece el marco legal de regulación de los bienes y recursos ambientales susceptibles de ser gestionados en el ámbito de las competencias de las corporaciones locales.
Las competencias municipales recogidas en la misma podrán ser ejercidas por la Alcaldía-presidencia, concejalía de área o cualquier otro órgano municipal que pudiese crearse para el mejor cumplimiento de los objetivos propuestos.
Este podrá exigir de oficio o a instancia de parte, en el marco de sus competencias, la adopción de las medidas preventivas, correctoras o reparadoras necesarias, ordenar cuantas inspecciones estime convenientes y aplicar las sanciones en caso de incumplimiento de lo mandado y conforme a lo establecido en el régimen sancionador incluido en esta ordenanza.
Fecha de creación: 7 de Marzo de 2013
Fecha de publicación: 7 de Marzo de 2013
Entrada en vigor: 7 de Marzo de 2013
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de la Constitución
1.
28981
Parla
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