Esta ordenanza tiene por objeto la regulación del régimen jurídico y condiciones a que debe someterse:
a) La instalación de terrazas de veladores en terrenos de dominio público y terrenos de titularidad privada y uso público.
b) La instalación de quioscos de hostelería y restauración, de temporada y permanentes, en terrenos de dominio público.
A los efectos de esta ordenanza, las instalaciones autorizables se definen de la siguiente forma:
a) Terraza de veladores: toda instalación de mobiliario con carácter no permanente
formada por mesas, sillas, sombrillas, toldos, jardineras y otros elementos móviles y desmontables que la delimitan y acondicionen, para realizar una actividad accesoria a la principal de hostelería, siempre que dicha actividad esté autorizada para disponer de terraza de velador.
b) Terraza de veladores con cerramiento estable: terraza de veladores cerrada en su perímetro y cubierta mediante elementos desmontables que se encuentran en terrenos de titularidad y uso público y que desarrollan su actividad de forma accesaoria a un establecimiento principal de hostelería, siempre que dicha actividad esté autorizada para disponer de terraza de velador.
c) Quiosco de temporada: es el establecimiento de carácter temporal de hostelería y restauración instalado sobre terrenos de titularidad y uso público, donde se expenden productos que no precisan elaboración, que ya están cocinados por industria autorizada, o que necesitan una mínima manipulación para su consumo y que por sus propiedades no son susceptibles de alterarse desde el punto de vista microbiológico.
d) Quiosco permanente: es el establecimiento de carácter permanente de hostelería y restauración construido con elementos arquitectónicos de naturaleza perdurable sobre suelo de titularidad y uso público, pudiendo disponer de su propia terraza de veladores. Podrá expenderse, tanto en su interior como en su terraza, bebidas y comidas en las mismas condiciones que en los establecimientos de hostelería y restauración.
Fecha de creación: 3 de Enero de 2023
Fecha de publicación: 3 de Enero de 2023
Entrada en vigor: 26 de Enero de 2023
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