Ordenanza de Bienestar y Protección Animal

La presente Ordenanza tiene como objeto fijar la normativa que asegure una tenencia de animales responsable y compatible con la higiene, la salud pública y la seguridad de personas y bienes y garantizar la debida protección, defensa y respeto de los animales en general y la relativa a los animales de compañía en el municipio de Parla.

La tenencia y protección de los animales en el municipio de Parla se someterá a lo dispuesto en la presente ordenanza, así como en la Ley 4/2016, de Protección de los Animales de Compañía de la Comunidad de Madrid; la Ley 50/1999, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos; el Real Decreto 287/2002, que desarrolla la Ley anterior, y demás normativa que pueda ser de aplicación, recogida en el Código de Protección y Bienestar Animal, actualizado a 22 de diciembre de 2020 y publicado en el Boletín Oficial del Estado.

La competencia en esta materia queda atribuida a la Concejalía de Bienestar Animal del Ayuntamiento de Parla.

Será de obligado cumplimiento en todo el término municipal de Parla y afectará a toda persona física o jurídica que por su calidad de propietario, vendedor, cuidador, adiestrador, encargado miembro de Asociación protectora de animales, miembro de Sociedad colombicultura, ornitología, similares y ganadero, se relacionen con animales; así como cualquier otra persona que se relacione con estos de forma permanente, ocasional o accidental.

Fecha de creación:  28 de Diciembre de 2021

Fecha de publicación:  28 de Diciembre de 2021

Entrada en vigor:  19 de Enero de 2022

18 de Enero de 2022

Ayuntamiento de Parla
Plaza de la Constitución 1. 28981 Parla (Madrid)
Teléfono: Servicio 010: Llamar al 91.624.03.00.