Se regulan las Contribuciones Especiales que se puedan establecer en el caso de que un sujeto pasivo tenga un beneficio o un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización, por parte del Ayuntamiento, de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos de carácter municipal. Sólo podrán destinarse a sufragar los gastos de la obra o servicio por cuya razón se hubiesen exigido.
Fecha de publicación: 1 de Enero de 2013
Entrada en vigor: 1 de Enero de 2013
Ayuntamiento de Parla
Plaza
de la Constitución
1.
28981
Parla
(Madrid)
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